El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa de S/474,016.00 a la empresa Win Perú S.A.C., tras comprobar que incurrió en actos de competencia desleal por publicidad engañosa. La sanción fue resultado de una denuncia presentada por Claro Perú, que cuestionó las afirmaciones comerciales de Win sobre su servicio de internet fijo.
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) determinó que Win difundió mensajes como “el internet más rápido del Perú” y “el mejor internet del país” sin contar con estudios técnicos objetivos, verificables y actualizados que respaldaran tales afirmaciones. Según la resolución, estas frases inducían a error al consumidor y afectaban la libre competencia.
Detalles del caso
- Empresa sancionada: Win Perú S.A.C.
- Empresa denunciante: Claro Perú
- Monto de la multa: S/474,016.00
- Tipo de infracción: Publicidad engañosa (acto de competencia desleal)
- Norma aplicada: Artículo 8 del Decreto Legislativo N.º 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal
- Entidad resolutiva: Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal – Indecopi
La investigación incluyó el análisis de piezas publicitarias difundidas por Win en medios digitales y redes sociales, así como el requerimiento de sustento técnico. Win no logró presentar evidencia suficiente que justificara sus afirmaciones, lo que llevó a la CCD a declarar fundada la denuncia.
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Además de la sanción económica, Indecopi ordenó el cese inmediato y definitivo de todos los anuncios considerados infractores y dispuso que Win sea inscrita en el Registro de Infractores de la Comisión.
El órgano regulador rechazó la solicitud de América Móvil para imponer la publicación de avisos rectificatorios, al considerar que el retiro definitivo y la sanción son correctivos suficientes.
Asimismo, se descartó aplicar la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad, pues Win no probó el retiro inmediato de todos los mensajes ni pudo acreditar que estos no seguían causando efectos en el entorno digital.
Reacciones y consecuencias
- Claro Perú celebró la decisión como una victoria para la transparencia comercial y la protección del consumidor.
- Win, hasta el momento, no ha emitido un pronunciamiento oficial, aunque podría apelar la resolución ante el Tribunal de Indecopi.
La sanción también incluye la orden de cese inmediato de las frases publicitarias cuestionadas y la obligación de adecuar sus mensajes comerciales a estándares verificables. Indecopi recordó que toda publicidad debe ser veraz, comprobable y no inducir a error, especialmente en sectores de alta competencia como el de telecomunicaciones.
Contexto del mercado
La resolución se da en un escenario de creciente competencia en el mercado de internet fijo, donde empresas como Claro, Movistar, Entel y Win disputan participación en zonas urbanas y rurales. Las campañas publicitarias suelen utilizar frases comparativas o superlativas, pero estas deben estar respaldadas por estudios técnicos certificados para evitar sanciones.
Indecopi reafirmó su compromiso con la protección del consumidor y la promoción de una competencia leal, advirtiendo que continuará fiscalizando las prácticas comerciales en el sector.
La actual decisión corresponde a la Resolución Nº 233-2025/CCD-INDECOPI, publicada el 11 de noviembre, en la que se impusieron multas diferenciadas según el alcance de cada anuncio, con las sanciones más altas asignadas a los de mayor difusión y reiteración.
Fuente:
La República: Indecopi multa a Win con más de S/474 mil por difundir información engañosa en su publicidad
